La Dian reiteró que el RST es un mecanismo que le apuesta a las ideas que se convierten en negocios y sueñan con ser grandes empresas.
La Dian indica que los empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas y que estén inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) deberán actualizar el Registro Único Tributario (RUT), remplazando la responsabilidad 50 o 57 “No responsable del impuesto al consumo» según corresponda su naturaleza jurídica, por la 33 “Responsable del Impuesto Nacional al Consumo».
Cabe resaltar que, si es un restaurante del RST que funciona bajo franquicia tendrá que cobrar IVA; si no funciona bajo franquicia tendrá que cobrar INC.
La actualización que deben realizar estos contribuyentes se debe a que el beneficio que otorgó la Ley de Inversión Social tendrá vigencia hasta el próximo 31 de diciembre del presente año; razón por la cual, desde el 1 de enero de 2023 los negocios de expendio de comidas y bebidas deberán cobrar a sus consumidores el Impuesto Nacional al Consumo y tener el RUT actualizado con la responsabilidad 33.
Para tal fin, la entidad dispuso el servicio electrónico del RUT para que las personas naturales realicen por autogestión, la actualización correspondiente ingresando como usuario registrado al portal transaccional de la Dian; entre tanto, las personas jurídicas podrán hacer el proceso por medio de cita virtual o presencial, a través de la página web de la DIAN, en la opción “Asignación de citas».
Quienes no cumplan con lo anterior, se verán expuestos a sanciones penales, conforme con lo consagrado en el artículo 402 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal).
La DIAN recordó que esta medida establecida por la ley de inversión social buscó ayudar y facilitar la reactivación económica de estas actividades, mediante la exoneración de la responsabilidad de pagar dicho impuesto durante el 2022.
Finalmente, la Dian reiteró que el RST es un mecanismo que le apuesta a las ideas que se convierten en negocios y sueñan con ser grandes empresas.
Fuente: Dian.