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Ministerio del Trabajo ordena el pago de los incentivos del programa Empleos para la Vida


Actualizado: 2 octubre, 2024 (hace 4 horas)

La entidad ordenó el pago del incentivo del programa Empleos para la Vida, para las nóminas de enero, febrero y marzo 2024. Lo anterior, para beneficiarios que se habían postulado en los ciclos 1, 2 y 3 de junio del 2024. 

A partir del Decreto 0533 del 2024, se reglamentó lo relativo al incentivo para la creación y permanencia de nuevos empleos formales, programa Empleos para la Vida, una medida que busca brindarle un reconocimiento económico a los empleadores que contraten nuevos trabajadores y garanticen su permanencia.

Estos incentivos le reconocen al empleador un porcentaje del salario mínimo que le paga a sus trabajadores y que varía atendiendo a la calidad de la persona que contrató. Así pues, si se trata de un trabajador joven, el aporte estatal será del 30% del SMLMV; si se trata de la vinculación de una mujer mayor de 28 años, el aporte será del 20%; si es de una persona con discapacidad, será del 35% y si se trata de un hombre mayor de 28 años, el incentivo será del 15%.

Bajo este contexto, el Ministerio de Trabajo emitió la Resolución 3980 del 6 de septiembre de 2024, ordenando que se le realizara el pago a los beneficiarios identificados por la UGPP que se habían postulado en junio. Este pago, correspondería a los valores de nómina de los meses de enero, febrero y marzo del año en curso.

Para realizar el pago de los respectivos beneficios, el Ministerio depositará los recursos en las cuentas del Banco de la República de las diferentes entidades financieras o cooperativas en las que los beneficiarios tengan sus cuentas.

Ahora bien, posterior a que las entidades reciban los recursos, en la Resolución 3980 se dispuso que los establecimientos bancarios tendrán 10 días hábiles para girarle a los beneficiarios, que tengan su cuenta en la entidad, lo que corresponda del incentivo.

Finalmente, se estableció la obligación en cabeza de los establecimientos bancarios de comunicarle al Ministerio del Trabajo el resultado de la consignación de los incentivos, allegando además el certificado de revisión fiscal y la gestión para reintegrar los recursos que no pudieron entregar. 

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