Las incapacidades ocurren cuando un trabajador no puede realizar sus labores por razones de salud. En casos de incapacidades simultáneas, es importante conocer cómo se reconocen, cuál es su duración y quién es responsable del pago.
La incapacidad es una situación en la que un trabajador ve reducida o anulada su capacidad para desempeñar normalmente sus funciones. Esto puede deberse a diversas causas, como enfermedades, lesiones accidentales o condiciones médicas. A su vez, la incapacidad puede tener un origen común o laboral.
En Colombia la legislación establece un marco normativo que protege a los trabajadores en situación de incapacidad. Durante este periodo el trabajador tiene derecho a recibir diversas prestaciones económicas, como el auxilio por incapacidad, indemnizaciones y rehabilitación, con el objetivo de garantizar su sustento y recuperación mientras esté incapacitado.
Es fundamental recordar que las incapacidades se clasifican según su origen en dos categorías:
Cuando se presentan incapacidades simultáneas, su tratamiento se regula por el artículo 2.2.3.3.7 del Decreto 780 de 2016. Existen dos situaciones posibles:
Situación |
Tratamiento de incapacidades |
---|---|
Dos o más incapacidades simultáneas de origen común |
Se consideran como una sola incapacidad, contada desde el primer día de la primera hasta el último día de la más amplia. |
Incapacidad de origen común y laboral simultáneamente |
Se reconoce una única prestación económica, correspondiente a la incapacidad que otorgue el mayor beneficio al trabajador. |
Para profundizar sobre las incapacidades laborales, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Licencias e incapacidades laborales en Colombia: guía completa y actualizada.
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