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ACTUALIDAD  - 3 julio, 2025

Vigencias en la reforma laboral (Ley 2466 de 2025)explicadas artículo por artículo


Reforma laboral

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Por qué algunos artículos de la nueva reforma laboral tienen vigencia inmediata?
  • ¿Por qué otros artículos requieren reglamentación?
  • ¿Por qué algunos artículos de la reforma laboral tienen vigencia progresiva?
  • ¿Cuáles son los artículos de la reforma laboral con vigencia inmediata?
  • ¿Cuáles son los artículos que entran en vigor progresivamente?
  • ¿Cuáles son los artículos que requieren reglamentación?

La nueva reforma laboral, Ley 2466 de 2025, introduce cambios significativos en el régimen laboral colombiano. Esta normativa contempla tres tipos de vigencia para sus disposiciones: inmediata, progresiva y condicionada a reglamentación posterior.

Entender estas diferencias es clave para su correcta aplicación y para evitar sanciones o errores en la implementación. En el siguiente artículo te mostraremos un temario con los artículos de la reforma laboral, los cambios que adiciona a otras normas y la fecha de ejecución normativa.

¿Por qué algunos artículos de la nueva reforma laboral tienen vigencia inmediata?

Los artículos de la Ley 2466 de 2025 con vigencia inmediata son aquellos que no requieren reglamentación adicional para ser aplicados, ya que su redacción es clara, específica y directamente operativa. Es decir, no necesitan que el Gobierno nacional emita decretos, resoluciones o lineamientos técnicos para su ejecución.

En consecuencia, desde la promulgación de la ley, estos artículos son exigibles por las autoridades laborales y pueden ser invocados por trabajadores o empleadores ante conflictos laborales o inspecciones del Ministerio de Trabajo.

 Ley 2466 de 2025

Si quieres saber más sobre la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025 consulta nuestro calendario de Aplicación de la reforma laboral- Ley 2466 de 2025

¿Por qué otros artículos requieren reglamentación?

Algunos artículos de la Ley 2466 de 2025 necesitan ser desarrollados por el Gobierno nacional mediante decretos reglamentarios, debido a que su ejecución implica aspectos técnicos, metodológicos o logísticos que exceden el alcance del texto legal. Estos artículos suelen introducir nuevas figuras, beneficios o sistemas que deben contar con parámetros operativos para evitar ambigüedades o vacíos normativos.

¿Por qué algunos artículos de la reforma laboral tienen vigencia progresiva?

La vigencia progresiva se establece para artículos de la Ley 2466 de 2025 que implican cambios estructurales o de alto impacto económico y administrativo, los cuales no pueden implementarse de inmediato sin afectar la estabilidad del empleo o la capacidad de cumplimiento por parte de las empresas. En estos casos, la ley establece cronogramas escalonados que permiten una adaptación paulatina.

reforma laboral

Si quieres saber más sobre la Ley 2466 de 2025, consulta nuestro análisis Reforma laboral ya es ley de la República: presidente Petro puso la firma.

¿Cuáles son los artículos de la reforma laboral con vigencia inmediata?

Estos artículos entraron en vigor a partir de la promulgación de la Ley 2466 de 2025, sin condicionamientos.

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Artículos

Temática

Aspectos relevantes

 Artículos 1 al 4

 

Definiciones, objeto, a quiénes se aplican y principios de la ley.

  • Normas generales de aplicación inmediata.
  • Tiene por objeto la dignificación del trabajo y la remuneración justa
  • Regula las relaciones de derecho individual y colectivo de carácter particular.
  • Se basa en principios de paz laboral, bienestar integral, equidad, sostenibilidad, responsabilidad empresarial, igualdad de género, entre otros.

Artículo 5

 

 

Contrato a término indefinido y posibilidad de terminación con o sin preaviso.

 

  • Modifica el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo.
  • Contrato a término indefinido por regla general.
  • El trabajador podrá terminar el contrato mediante un preaviso (30 días), pero si no lo hace, no está sujeto a sanciones.

Artículo 6

Contrato a término fijo.

  • Modifica el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo.
  • Contrato a término fijo para trabajo ocasional, accidental o transitorio.
  • Debe celebrarse por escrito y, si se prorroga por más de 4 años, se entenderá como contrato a término indefinido.

Artículo 7

Debido proceso disciplinario.

 

  • Modifica el artículo 115 del Código Sustantivo del Trabajo.
  • Aplicación del debido proceso para sancionar al trabajador.
  • No aplicará para trabajadores del hogar, micro y pequeñas empresas; además, en este caso bastará con la obligación del empleador de escuchar al trabajador.

Artículo 8

Reglamento interno de trabajo.

  • Inclusión de nuevos requisitos y obligaciones.

Artículo 9

Equidad salarial.

 

  • Modificación inmediata de la Ley 1496 de 2011.
  • Capacidades y cualificaciones requeridas para el ejercicio del cargo.

Artículos 10 y 11

 

Trabajo diurno y nocturno, y jornada laboral máxima.

 

Artículo 12

Horas extra.

  • Modifica el numeral 2 del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo.
  • El empleador debe llevar el registro completo del trabajo suplementario que realice el trabajador, incluyendo el nombre, actividades, horas diurnas o nocturnas. 
  • Si el empleador no remunera las horas extra, el Ministerio del Trabajo le puede suspender por 6 meses la autorización para realizar trabajo suplementario.

Artículo 13

Tope de horas extra, trabajo suplementario.

  • Modifica el artículo 22 de la Ley 50 de 1990.
  • En ningún caso las horas extra pueden exceder las 2 horas diarias y 12 horas semanales.
  • Excepto el sector seguridad, de conformidad con la Ley 1920 de 2018.

Artículo 16

Límites a la subordinación.

Artículos 17 al 18

Medidas de protección contra la discriminación, violencia y acoso

  • Adiciona los numerales 10, 11, 12, 13 y 14 al artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo.
  • Se prohíben todas las formas de discriminación, racismo, xenofobia, en razón de la ideología política, étnica, credo religioso, orientación sexual, enfermedad o afectaciones a la salud mental.
  • Se garantizará el trabajo libre de violencias y de acoso, cualquiera que sea su situación contractual.

Artículos 21 y 23

Contrato de aprendizaje y monetización de la cuota.

  • Modifíquese el artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo y el artículo 34 de la Ley 789 de 2002.
  • El contrato de aprendizaje es un contrato laboral especial y a término fijo no superior a 3 años.
  • En etapa lectiva: el aprendiz estará afiliado al sistema de seguridad social en salud y riesgos laborales.
  • En etapa práctica: el aprendiz estará afiliado a riesgos laborales y al sistema de seguridad social integral en pensiones y salud, conforme al régimen de trabajadores dependientes, y tendrá derecho al reconocimiento y pago de todas las prestaciones, auxilios y demás derechos propios del contrato laboral.
  • Las empresas que estén obligadas a cumplir con la cuota de aprendizaje, y no lo hagan, deberán pagar mensualmente 1,5 del smmlv por cada aprendiz que no contraten.

Artículo 22

Internos de medicina.

  • Adiciónese el artículo 81A del Código Sustantivo del Trabajo.
  • Los estudiantes de medicina que realicen el internado médico obligatorio recibirán una remuneración mensual que no puede ser inferior a 1 smmlv y será pagado por el Adres.

Artículo 44

 

Responsabilidad solidaria.

 

  • Entre contratistas, subcontratistas y personas naturales, para la realización de obras o prestación de un servicio.

Artículo 48

 

Elusión de derechos laborales.

 

  • Indemnización de 1 día de salario cada día de ejecución de la conducta, contado desde el inicio de esta hasta la fecha de pago de la indemnización, sin exceder 24 meses.

¿Cuáles son los artículos que entran en vigor progresivamente?

Estos artículos comenzarán a regir luego de cumplido un plazo fijo desde la promulgación de la ley:

Artículos

Temática

Aspectos relevantes y plazos

Artículo 14

Recargo dominical y festivo.

2025: 80 %.

2026: 90 %.

2027: 100 %.

 

Artículo 15

Obligaciones del empleador: licencias, auxilios, beneficios, contratos a personas con discapacidad.

 

  • Modifica el artículo 57 del Código Sustantivo Trabajo.
  • Contratos a personas con discapacidad.
  • Solo el numeral 17 de este artículo (en relación con los contratos de personas con discapacidad) es opcional en el primer año de la entrada en vigor de la ley y en el segundo año serán obligatorios.

¿Cuáles son los artículos que requieren reglamentación?

Estos artículos requieren reglamentación por parte del Gobierno nacional o el Ministerio del Trabajo para aplicarse:

ArtículosTemáticaAspectos relevantes y plazos

Artículo 7, parágrafo 6

Debido proceso disciplinario.

 

  • Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigor de la presente ley, el Ministerio del Trabajo debe impulsar un programa de acompañamiento y fortalecimiento para las micro y pequeñas empresas.

Artículo 18

Medidas para la eliminación de la violencia y el acoso.

  • El Ministerio de Trabajo, en el término de doce 12 meses desde la entrada en vigor de la presente ley, en articulación con la subcomisión de género, formulará una política pública que contemple unos protocolos, planes, programas y estrategias que contribuyan a la eliminación de conductas de violencia, acoso y discriminación en el mundo del trabajo.

Artículo 19

Experiencia laboral válida de personas privadas de la libertad.

 

  • Reconoce las actividades productivas y ocupacionales de personas privadas de la libertad como experiencia laboral
  • El ministerio del Trabajo, en un término de 6 meses, expedirá la reglamentación necesaria para el reconocimiento de las actividades productivas y ocupacionales en los centros penitenciarios como experiencia profesional.

Artículo 20

Medidas en contra de la discriminación a personas reintegradas y reincorporadas en el marco del conflicto armado.

  • En toda relación laboral, pública o privada, se deberá garantizar la igualdad de condiciones laborales sin discriminación alguna
  • El Ministerio de Trabajo, en conjunto con la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz y demás entidades competentes, desarrollarán, promoverán y adoptarán estrategias y medidas orientadas a fomentar la inserción laboral formal de esta población.

Artículos 31 al 32

Programa de formación para el trabajo agrario y rural y protección al trabajo femenino rural y campesino.

  • Los ministerios del Trabajo, de Educación y de Ambiente, a través del Sena, diseñarán un programa para certificar saberes empíricos y ancestrales en labores rurales.
  • Las personas certificadas podrán ser vinculadas laboralmente en proyectos del Estado.
  • Se reglamentarán prácticas y pasantías rurales, accesibles mediante convenios con pequeños productores.
  • Se reconoce y protege el trabajo productivo, social y comunitario de la mujer rural.
  • Las mujeres deben ser remuneradas por labores de cuidado, cultivos y alimentación cuando exista subordinación laboral.
  • Se establecerán mecanismos para su acceso al sistema de seguridad social, reconociendo riesgos ocupacionales y jornadas múltiples.
  • El Gobierno y los empleadores deben eliminar la discriminación y la explotación laboral.

Artículo 34

Formalización y aportes a la seguridad social en microempresas y hogares.

  • El Gobierno nacional reglamentará, en un plazo máximo de (12) meses contados a partir de la vigencia de la presente ley, el programa de incentivos para el acceso a créditos de las microempresas
  • Microempresas y hogares podrán cotizar a seguridad social a tiempo parcial, computando semanas cada mes.
  • Sectores priorizados: hotelería, restaurantes, bares, agricultura, turismo, transporte, droguerías y farmacias.
  • Para acceder, la microempresa debe inscribirse en Cámara de Comercio, llevar contabilidad y registrar contratos laborales.
  • No se permite cotización parcial en empleos de tiempo completo; la UGPP hará control.

Artículo 33

Trabajo doméstico formalizado.

  • Contrato de trabajo escrito para los trabajadores del servicio doméstico.
  • podrán mantener su afiliación al régimen subsidiado de salud como mecanismo de protección social.
  • MinTIC tiene 12 meses para crear un sistema de información para el registro en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes –Pila–.

Artículo 36

Trabajo agropecuario.

  • En el primer año de vigencia de esta ley, el estado formulará una política pública de apoyo al trabajo agropecuario.

Artículo 37

Trabajadores migrantes.

  • Garantías laborales para trabajadores migrantes.
  • Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará el proceso correspondiente dentro de los siguientes 6 meses de la entrada en vigor de esta ley.

Artículo 24 al 30

Régimen de plataformas digitales.

 

 

  • Las relaciones laborales pueden ser dependientes o independientes, con protecciones según cada caso.
  • Se debe respetar el principio de primacía de la realidad sobre la forma contractual.
  • Las plataformas deben informar claramente a los repartidores sobre la modalidad de trabajo.
  • Cualquier cambio contractual debe ser comunicado previamente al trabajador, con justificación y opción de comentar.
  • En relaciones independientes no se permite la exclusividad y se debe garantizar el derecho al descanso.
  • Depende de la expedición de un decreto reglamentario sobre tipologías y obligaciones
  • Las plataformas deben implementar un mecanismo de reconocimiento de identidad plena para individualizar a los repartidores.
  • Empresas deben pagar seguridad social a trabajadores dependientes, según normas vigentes.
  • En modalidad independiente, la empresa aporta 60 % y el trabajador 40 % a salud y pensión.
  • Riesgos laborales corren por cuenta exclusiva de la empresa.
  • El ingreso base de cotización será el 40 % de los ingresos recibidos.
  • Se deben reportar horas efectivas trabajadas mensualmente a entidades y trabajadores.
  • La UGPP vigilará la afiliación y pagos al sistema de seguridad social.
  • Las plataformas deben inscribirse ante el Ministerio del Trabajo.
  • Deben informar trimestralmente el número de trabajadores por modalidad.
  • Las empresas deben informar sobre sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones y evaluar el impacto de estos sistemas. Los trabajadores tienen derecho a la revisión humana de las decisiones.
  • No se puede suspender o retener pagos sin justificación.
  • El Ministerio de las TIC debe brindar herramientas al Ministerio del Trabajo para hacer la inspección laboral y se debe reglamentar la validación dentro de los 12 meses siguientes a la vigencia de la norma.

Artículo 56

Entornos laborales flexibles.

  • El empleador podrá permitir el ingreso de perros y gatos al ambiente laboral.
  • El Ministerio del Trabajo, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, expedirá dentro de los doce 12 meses siguientes los lineamientos.

NOTA:

La presente ley no es aplicable a servidores y empleados públicos según el artículo 3 de la Ley 2466 de 2025, ya que estos se rigen por estatutos especiales.

 Ley 2466 de 2025

Si quieres saber quiénes son empleados públicos, consulta nuestro análisis Diferencias entre trabajadores oficiales y empleados públicos.

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