En esta conferencia, Ernesto Erazo afirma que, el tema del impuesto diferido siempre ha sido muy discutido en medio del cierre contable de cada año.
Explica que el cierre contable es prioritario para determinar el impuesto diferido. Encierra conceptos tanto contables como fiscales.
A nivel normativo, la NIC 12 regula como determinar el impuesto diferido. Su objetivo es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias.
Enfatiza que el impuesto diferido no pone a pagar más o menos impuestos.
El impuesto diferido es una estimación del tributo que una entidad deberá pagar o dejar de pagar en el futuro, debido a que algunos ingresos y gastos no son gravados o deducibles en el período en el que se reconocen en los estados financieros, pero sí en períodos siguientes.
Ernesto Erazo Cardona
Es socio responsable de los servicios de Auditoría, Contabilidad y Outsourcing en Mazars Colombia. Auditor líder de equipos interdisciplinarios enfocados en analizar los sistemas de aseguramiento y control interno.