Las liquidaciones oficiales del impuesto de renta para personas naturales con el mecanismo de facturación empezarán con aquellas que no presenten a tiempo su declaración del AG 2021.
Así lo indica la Resolución 001212 de 2022, que reglamentó el artículo 616-5 del ET, creado con la Ley 2155 de 2021.