Reglas de afiliación y pago de aportes a riesgos laborales de un contratista independiente


riesgos laborales de contratista independiente
Actualizado: 8 mayo, 2024 (hace 3 semanas)

La afiliación y el pago de los aportes al sistema general de riesgos laborales de los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios, así como para aquellos que laboran en actividades de alto riesgo, se realizan conforme a las reglas establecidas en el Decreto 723 de 2013.

Todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con una duración superior a 1 mes y los trabajadores independientes que laboran en actividades catalogadas como de alto riesgo deben estar afiliados a riesgos laborales. La afiliación y pago de las cotizaciones se realiza conforme a las reglas establecidas en el Decreto 723 de 2013.

Reglas de afiliación y pago de aportes a riesgos laborales

Estas son las reglas más importantes de afiliación y pago de los aportes al sistema general de riesgos laborales para los trabajadores a quienes les aplica el Decreto 723 de 2013:

  • Los trabajadores independientes tienen derecho a escoger libremente la ARL. Si un trabajador dependiente tiene contratos de prestación de servicios, debe afiliarse a la misma ARL que tenga como empleado.
  • El contratante tiene la obligación de afiliar al contratista independiente a la ARL.
  • Si un independiente tiene varios contratos, debe estar afiliado por la totalidad de estos contratos a la misma ARL.
  • La cotización se determina considerando el mayor riesgo entre la actividad del contratista y la del centro de trabajo.  Si no hay centros de trabajo, se toma la actividad principal de la entidad.
  • El límite de la base de cotización está entre 1 y 25 smmlv. Si un trabajador tiene varios contratos, se cotiza por cada uno hasta el límite de 25 salarios mínimos.
  • El contratante es responsable del pago de la cotización cuando el contratista esté afiliado por riesgo IV o V. En cambio, si el contratista está afiliado por riesgo I, II o III, es su responsabilidad realizar el pago de la cotización.

Para profundizar sobre este tema, te invitamos a consultar nuestro Especial Actualícese Seguridad social de trabajadores independientes 2024.

riesgos laborales

¡Pero eso no es todo!

Si eres suscriptor Oro o Platino y quieres acceder a todas nuestras cartillas, revistas, libros y especiales en versión digital, solo debes acceder aquí.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,