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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

INC de restaurantes para persona jurídica con otra actividad económica


Actualizado: 9 agosto, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

Si una persona jurídica del régimen ordinario con otra actividad económica presta al mismo tiempo servicios de restaurante de forma independiente, ¿se debe calcular el INC por esa actividad adicional?

Pregunta resuelta 28 de julio de 2022.

En el artículo 512-1 del Estatuto Tributario –ET–, modificado por la Ley 2010 de 2019, se encuentran los bienes y servicios que dan lugar al hecho generador del impuesto nacional al consumo por la venta o prestación del servicio al consumidor final:

  1. La prestación de los servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil, y servicio de datos.
  2. Los vehículos automóviles de tipo familiar y camperos cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, sea inferior a USD $30.000, con sus accesorios. Pick-up cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB. Motocicletas con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 200 c.c. Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas.
  3. Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves, no propulsados con motor de uso privado.
  4. Aeronaves (helicópteros, aviones); vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales, de uso privado.
  5. El servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio, los servicios de alimentación bajo contrato, incluyendo el servicio de catering, y el servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo dentro de bares, tabernas y discotecas.

De acuerdo con lo anterior, en este video el Dr. Diego Guevara indica que las personas jurídicas que se dedican a las actividades descritas en los artículos 512-1 del ET y siguientes son responsables de generar el INC, el cual se debe declarar en el formulario 310.

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