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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo de Estado anula la expresión «propiedad, planta, equipo e inventario»


usuario revisando fallo del Consejo de Estado
Actualizado: 3 agosto, 2023 (hace 1 año)

Con fallo de la Sentencia 26243 del 19 de julio de 2023, el Consejo de Estado anula la expresión «propiedad, planta, equipo e inventario» contenida en la definición de inversión en el marco de régimen Zomac.

Sigue leyendo para conocer más al respecto.

Mediante la Sentencia 26243 de 2023, el Consejo de Estado ha declarado la nulidad de la expresión «propiedad, planta, equipo e inventario» en la normativa que regula el beneficio tributario para las nuevas sociedades que operan en zonas afectadas por el conflicto armado, conocidas como Zomac.

La decisión se basa en una demanda recibida en la que se justificaba que la definición de inversión, establecida en el DUR 1625 de 2016, excluye otros tipos de activos, como los activos biológicos, intangibles y financieros, y limita el acceso al incentivo previsto en la Ley 1819 de 2016.

Dicho incentivo fue creado para generar mayores oportunidades económicas y disminuir las brechas de desigualdad en las zonas más afectadas por el conflicto armado y está dirigido a las sociedades que, de acuerdo con la reglamentación del Gobierno, cumplieran con un monto mínimo de inversión y de generación de empleo.

Por lo tanto, el fallo del Consejo de Estado tiene implicaciones significativas para las nuevas sociedades que operan en las Zomac y buscan acceder al beneficio tributario establecido en la Ley 1819 de 2016.

La decisión resalta la importancia de una interpretación y aplicación adecuada de la normativa para promover un desarrollo económico inclusivo en las zonas más afectadas por el conflicto armado en Colombia.

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