El establecimiento de comercio es el conjunto de bienes organizados por el empresario para desarrollar y cumplir los fines de la empresa.
En este artículo encontrarás los pasos y consideraciones legales necesarios para llevar a cabo una compraventa de un establecimiento de comercio de manera adecuada.
El artículo 515 del Código de Comercio –CCo– define el establecimiento de comercio como el conjunto heterogéneo de bienes organizados por el empresario destinados para desarrollar y cumplir los fines de la empresa. La organización es un elemento central del establecimiento de comercio, pues constituye el factor que integra y une los distintos bienes que lo conforman.
Los bienes que conforman el establecimiento de comercio están contemplados en el artículo 516 del CCo. Esta lista es enunciativa, pues los componentes del establecimiento de comercio dependerán de las necesidades del empresario según la actividad mercantil que se proponga desarrollar. En todo caso, es posible establecer a partir de sus elementos la siguiente clasificación:
Pese a que el establecimiento de comercio está constituido por una pluralidad de bienes, la ley comercial permite su enajenación en bloque como unidad económica; tal posibilidad garantiza la continuidad de la organización de los bienes con el fin de preservar la empresa.Por esta razón, el establecimiento de comercio puede venderse y ser objeto de otros negocios jurídicos como el arrendamiento, la prenda, entre otros.
En cualquier caso, cuando se vaya a efectuar una compraventa de un establecimiento de comercio, deben tenerse en cuenta las siguientes reglas:
¡Pero eso no es todo!
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