En esta conferencia, Carlos Sastoque recuerda que según las NIA 700, 705 y 706, existen 3 clases de dictámenes sobre estados financieros: 1) limpio, sin salvedades o sin modificaciones; 2) modificado con salvedades; y 3) modificado adverso o desfavorable.
Además, existe la opción de que el revisor fiscal se abstenga de dictaminar, cuando por cualquier circunstancia no pueda obtener evidencia válida y suficiente sobre los estados financieros.
La abstención de opinión no es otra clase de dictamen; como lo pregonan distintos tratadistas del tema. No puede serlo, ya que, sencillamente, no hay dictamen.
A partir de los estados financieros correspondientes al 2017, al preparar su dictamen el revisor fiscal debe aplicar los requerimientos de las NIA anteriormente dichas y, como la misma NIA 700 lo dice, debe cumplir en simultaneo con lo exigido por la normatividad nacional; lo ordenado por el artículo 208 del Código de Comercio y el artículo 11 del Decreto 1406 de 1999.
Lo anterior significa que, ante la asamblea general de accionistas o la junta anual ordinaria de socios, según el caso, el dictamen que este año presentará el revisor fiscal tendrá un contenido más extenso y diferente al que se acostumbraba presentar en años anteriores. Los modelos viejos ya no sirven.
Sastoque es Contador Público que se ha desempeñado como miembro de la Junta Central de Contadores Públicos y del Colegio de Contadores Públicos de Colombia. De igual manera fue asesor del Consejo Técnico de la Contaduría. Coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.