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CTCP emite concepto sobre los estados financieros consolidados


El CTCP recuerda que la empresa matriz está obligada a preparar y presentar estados financieros separados, así como los consolidados de la empresa subsidiaria ubicada en el exterior.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-, mediante su Concepto 2025-0031 del 10 de febrero, se refirió a la obligación de sociedades matrices de realizar estados financieros consolidados de sus compañías subsidiarias que se domicilian en el exterior.

En primer lugar, desde la entidad se recuerda que la empresa matriz está obligada a preparar y presentar estados financieros separados, así como de preparar y difundir estados financieros consolidados en los que se incluya la situación de la empresa subsidiaria ubicada en el exterior.

Estos estados financieros deben realizarse atendiendo a las normas técnicas aplicables a cada grupo. Así pues, si se trata de una empresa del Grupo 1, se deberán realizar los estados financieros consolidados atendiendo la NIIF 10. De la misma manera, las entidades pertenecientes al Grupo 2 deben presentar los estados financieros consolidados y separados de conformidad con las disposiciones de la Sección 9.

Además de lo anterior, se debe destacar que las empresas tienen la obligación de contabilizar en los estados financieros separados las inversiones en subsidiarias mediante el método de participación. Esto, considerando que en Colombia no es posible utilizar las opciones de valor razonable o de costo que permiten las NIIF.

Ahora bien, también se debe tener en cuenta que las diferencias de conversión de moneda extranjera se deben reconocer en el Otro Resultado Integral dentro del patrimonio. Lo anterior, a pesar de que solo se afectan los resultados cuando la empresa subsidiaria se vende o líquida.

Finalmente, en el concepto se refirieron las normas técnicas a tener en cuenta para presentar los estados financieros y el estado de resultados, mencionando las partidas que componen el Otro Resultado Integral. Esto es, algunas ganancias y pérdidas que surjan de la conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero.

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