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Dian se pronuncia sobre cálculo de mora en corrección de la declaración de retención en la fuente


Actualizado: 28 mayo, 2024 (hace 6 meses)

En un nuevo concepto, la Dian explica el cálculo de los intereses moratorios derivados de la corrección de la declaración de retención en la fuente.

Reconsiderando la tesis sobre la mora en la presentación de declaraciones de retención en la fuente planteada en un concepto de febrero de 2024, la Dian en su Concepto 100202208-0854 de 2024 señala que, para el cálculo de intereses moratorios, esta puede tener dos formas distintas.

De esta manera, la mora se computa hasta la fecha de pago del impuesto sobre la renta cuando en la declaración se liquida un saldo a pagar, y hasta el 31 de diciembre del respectivo año gravable cuando se liquide saldo a favor.

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