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Cambios planteados para la Pila y el RUAF quedan suspendidos mientras la Corte Constitucional examina darle el aval a la reforma pensional.
El Ministerio de Salud y Protección Social suspendió los ajustes previstos en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes –Pila– y en el Registro Único de Afiliados –RUAF–, establecidos mediante las resoluciones 467 y 862 de 2025.
Lo anterior se debe a la suspensión provisional de la entrada en vigencia de la nueva reforma pensional, Ley 2381 de 2024, por parte de la Corte Constitucional.
Las resoluciones expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social tenían como objetivo ajustar la estructura de la Pila y del RUAF para permitir su operación según las disposiciones del nuevo régimen pensional contemplado en dicha ley.
Sin embargo, su implementación quedará suspendida hasta que la Corte Constitucional decida de forma definitiva sobre la constitucionalidad de la reforma pensional.
Frente a la Pila, los cambios planteados están basados en como los operadores de información dispersarán la cotización de los aportes a pensión, los cuales para el caso de las mujeres que tengan 750 semanas cotizadas y los hombres que tengan 900 semanas cotizadas a pensión, el aporte será enviado a la administradora de pensiones donde están afiliados actualmente.
Y a las personas que tengan menos semanas de las anteriores, su ingreso base de cotización, ya sea igual o inferior a 2,3 salarios mínimos, el aporte a pensión será enviado a Colpensiones como administradora del pilar contributivo componente prima media.
Así, los aportantes (empresas o trabajadores independientes), no tienen que realizar ningún ajuste en sus nóminas, ni en la información que les reportan a los operadores de información, ya que estos últimos serán quienes distribuyan la cotización de acuerdo con lo previsto de la ley.
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