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Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿La empresa se encuentra obligada a otorgar permisos a los trabajadores para realizar diligencias personales?
Una empresa no se encuentra obligada a otorgar permisos para diligencias personales a sus empleados, excepto cuando se trate de citas médicas, controles con especialistas, o se le presente una grave o simple calamidad doméstica en la que sea el único que puede hacerle frente a la situación.
El artículo 57, numeral 6, del Código Sustantivo del Trabajo establece que la licencia por grave calamidad doméstica debidamente comprobada es obligatoria por parte del empleador. En el caso de la simple calamidad doméstica, el empleado debe compensar el tiempo de ausencia del sitio de trabajo; también deberá hacerlo si en el contrato se pactó que el empleado abandonará el sitio de trabajo para asistir a la universidad.