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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de seguridad social de trabajadores independientes para 2019


Actualizado: 18 febrero, 2019 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:

En 2019, ¿a cuánto equivale el pago de la seguridad social de un trabajador independiente?

El artículo 2 del Decreto 1273 de 2018 adicionó a la parte 2 del libro 3 del Decreto 780 de 2016 el título 7, que hace referencia a la retención y giro de aportes al sistema de seguridad social. Mediante esas nuevas disposiciones se establece que el ingreso base de cotización –IBC– al sistema de seguridad social integral del trabajador independiente con contrato por prestación de servicios personales será de mínimo el 40 % de lo que devengue el trabajador mensualmente, y este porcentaje no debe incluir el impuesto al valor agregado –IVA–, de haber lugar al mismo.

Recordemos que en los contratos por prestación de servicios el trabajador debe asumir el 100 % de los aportes a seguridad social, es decir a salud, pensión y ARL, si es el caso.

Para leer más sobre este tema, vaya al análisis Aportes al sistema de seguridad social de trabajadores independientes estarán a cargo del contratante

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