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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Posibilidad de cambiar las funciones de un trabajador


Actualizado: 28 enero, 2019 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si el contrato inicial de trabajo tenía unas funciones establecidas y la empresa realiza cambios organizacionales imprevistos, los cuales tienen como consecuencia la alteración de las funciones del trabajador, ¿se debe realizar un cambio de contrato? En caso de que el trabajador no acepte sus nuevas funciones, ¿esto es causal legal de despido?

Cuando se inicia una relación laboral, el trabajador se somete a todas las disposiciones de la empresa y a las de todo aquel que ostente poder dentro de la misma, siempre y cuando tales disposiciones no afecten ninguno de sus derechos fundamentales o su dignidad humana. Es decir, la subordinación otorga al empleador la libertad de cambiar en cualquier momento las condiciones de tiempo (horarios), modo (funciones) y lugar (lugar de trabajo), toda vez que ello no afecte al trabajador en su dignidad o viole sus derechos. Sin embargo, si la empresa realiza cambios organizacionales y ello implica un cambio en funciones, es prudente hacer también cambio de contrato para dejar constancia del hecho.

Por otro lado, si ante las nuevas condiciones del contrato el empleado se ve afectado en su dignidad humana y derechos fundamentales, está en todo su derecho a dar por terminado el contrato. De igual forma, ante la negativa del trabajador a cumplir el contrato, y si de ninguna manera las nuevas condiciones lo están afectando como ya fue especificado, el empleador puede dar por terminado el contrato.

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