Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

«Proyecto de ley de revisoría fiscal no fue acompañado por una exposición de motivos, lo que genera vacíos»


«Proyecto de ley de revisoría fiscal no fue acompañado por una exposición de motivos, lo que genera vacíos»
Actualizado: 25 agosto, 2022 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Todo contador puede ejercer la revisoría fiscal?
  • Revisoría fiscal respira principios y visiones de los empresarios
  • Proyecto de la revisoría fiscal presenta repeticiones innecesarias de ideas
  • Sobre el manejo de la confidencialidad por parte del revisor fiscal

Hernando Bermúdez afirma que no podemos olvidar que la contaduría pública es una ciencia empresarial y la revisoría fiscal tiene mucho que ver con la contabilidad administrativa.

Desde su punto de vista, el proyecto de ley presenta repeticiones innecesarias de ideas.

Conoce más a continuación.

Hernando Bermúdez, abogado y profesor asociado del departamento de ciencias contables de la facultad de ciencias económicas y administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana, analiza diversos puntos planteados por el proyecto que busca modernizar la revisoría fiscal en Colombia.

Desde su punto de vista, la definición propuesta de revisoría fiscal en el proyecto es similar a una muy antigua. Dice que las palabras de repente no corresponden a lo que muchos tenemos en mente:

Realmente, la definición es inquietante al ponerla en un escenario determinado por parte de las personas que hicieron el proyecto.

Recalca que siempre la revisoría fiscal ha sido especializada, no es una institución cualquiera. Tiene sus propias reglas. Es distinta de los terceros, de los funcionarios y los administradores.

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¿Todo contador puede ejercer la revisoría fiscal?

Bermúdez se pregunta: ¿puede un contador público asumir una evaluación integral de una entidad? Mientras unos dicen que sí, otros que no.

Para él hay que poner atención porque el contador público está preparado para unos asuntos, pero no para otros:

No se pueden sentar a dar cátedra, examinar y opinar sobre cualquier temática contable. En la práctica, un contador público no puede estar en todas partes. Es imposible.

Lamentablemente, este documento no fue acompañado por una exposición de motivos, lo que genera vacíos.

Revisoría fiscal respira principios y visiones de los empresarios

No podemos olvidar que la contaduría pública, siendo una ciencia económica, es una ciencia empresarial. La revisoría fiscal tiene mucho que ver con la contabilidad administrativa.

“la revisoría respira los principios y visiones de los empresarios. Es un instrumento para las empresas. No se le puede descontextualizar”

En ese sentido, la revisoría respira los principios y visiones de los empresarios. Es un instrumento para las empresas. No se le puede descontextualizar.

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Proyecto de la revisoría fiscal presenta repeticiones innecesarias de ideas

Desde su punto de vista, el proyecto presenta repeticiones innecesarias de ideas. Lo que en una parte se trata como inhabilidad, en otra se regula como incompatibilidad.

Por ejemplo, sobre las prohibiciones en el ejercicio del cargo de revisor fiscal, este deberá actuar siempre conforme a los principios éticos propios de la profesión del contador público.

Por lo tanto, quien sea elegido revisor fiscal, así como sus encargados y delegados, tienen prohibidas una serie de conductas.

La propuesta se remite a la regulación de la contaduría pública, la cual en ocasiones se modifica. Es innecesario repetir lo que se desprende de la asignación de cargo a dichos profesionales. Lo curioso es que el proyecto no ata el trabajo a la forma de pensar y obrar de los contadores en el mundo, creando un absurdo.

Bermúdez afirma que cuando se contrata a un profesional, sin importar su profesión, abogado, médico, ingeniero o cualquier otra disciplina, es para que se piense y actúe como se espera del profesional escogido y no para que haga cosas para las cuales no se le prepara.

Sobre el manejo de la confidencialidad por parte del revisor fiscal

Para Bermúdez no puede crearse un revisor fiscal por fuera de la contaduría pública. Si así se quisiera, debería decirse otra cosa a la hora de determinar la profesión de dicho fiscal.

La confidencia es un deber de muchos profesionales que hace posible que las personas den acceso a la vida personal a terceros. No es ilimitada ni en cuanto al contenido ni en cuanto a su cobertura.

No hay justificación para que la confidencia proteja a los delincuentes. El asunto es muy delicado, razón por la cual en muchos casos las legislaciones han recurrido al anonimato y a la propia confidencia de las autoridades y demás personas que por su situación jurídica deban ser avisadas.

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