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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Registro único de beneficiarios finales –RUB–: no dejes pasar la fecha para cumplir con esta obligación


registro único de beneficiarios finales

Aquí hablaremos sobre...

  • Obligados a elaborar el registro único de beneficiarios finales
  • Obligados a suministrar el RUB deben primero actualizar el RUT
  • Registro único de beneficiarios finales puede elaborarse mediante carga masiva o carga individual
  • Sanciones por el incumplimiento del registro único de beneficiarios finales

Hasta el 31 de julio de 2023, las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares previstas en el artículo 4 de la Resolución 000164 de 2021 deberán realizar el suministro inicial de la información en el registro único de beneficiarios finales –RUB–.
Conoce aquí los detalles.

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