Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Registro único de beneficiarios finales –RUB–: no dejes pasar la fecha para cumplir con esta obligación


registro único de beneficiarios finales
Actualizado: 13 junio, 2023 (hace 1 año)

Aquí hablaremos sobre...

  • Obligados a elaborar el registro único de beneficiarios finales
  • Obligados a suministrar el RUB deben primero actualizar el RUT
  • Registro único de beneficiarios finales puede elaborarse mediante carga masiva o carga individual
  • Sanciones por el incumplimiento del registro único de beneficiarios finales

Hasta el 31 de julio de 2023, las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares previstas en el artículo 4 de la Resolución 000164 de 2021 deberán realizar el suministro inicial de la información en el registro único de beneficiarios finales –RUB–.
Conoce aquí los detalles.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,