Responde conferencista: Diego Guevara
¿Las Esal del régimen especial pueden renunciar a dicho régimen y optar por trasladarse al régimen simple?
Pregunta resuelta 13 de enero de 2022
De acuerdo con el artículo 1.2.1.5.1.13 del DUT 1625 de 2016, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica si las entidades sin ánimo de lucro –Esal– del régimen tributario especial pueden renunciar a dicho régimen y optar por trasladarse al régimen simple de tributación.
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