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Plazo límite para que las Esal presenten solicitud de actualización ante la Dian


Cerca de 20.000 Esal deben presentar la solicitud para permanecer en el Régimen Tributario Especial en 2025.

La Dian ha recordado a los cerca de 20.000 contribuyentes pertenecientes al Régimen Tributario Especial, Entidades Sin Ánimo de Lucro -Esal-, que el 30 de junio es el plazo límite para presentar ante la entidad la solicitud de actualización en el registro del Régimen Tributario Especial, correspondiente al 2025.

El llamado de la entidad a estos contribuyentes es a no esperar hasta el último día y a realizar el trámite dentro del plazo establecido para evitar contratiempos, asegurando la continuidad de su entidad en el RTE y, por ende, el disfrute de los beneficios correspondientes.

Para iniciar el trámite de actualización 2025, es indispensable verificar que la documentación requerida esté completa y conforme a los requisitos establecidos por la ley y para esto, la DIAN dispone en su página web de toda la información que será de utilidad, consultando el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/Regimen-Tributario-Especial-RTE/Actualizacion/Paginas/default.aspx

Aquí podrán verificar detalladamente los documentos exigidos, deben asegurarse de que los documentos estén vigentes, legibles y que cumplan con las especificaciones y consultar el paso a paso para la presentación de la solicitud a través de los servicios informáticos hasta que quede exitosamente presentada.  

De igual manera, las entidades calificadas y readmitidas en el RTE para 2024, así como las cooperativas constituidas en esa vigencia, deberán asegurar la continuidad de esos beneficios del Régimen Tributario Especial realizando la solicitud de actualización en el SI RTE-ESAL dentro del mismo plazo, es decir, 30 de junio de 2025.

Estas entidades deben tener en cuenta que, si la resolución que les otorgó la calificación o readmisión indica que fue por el año 2024, la solicitud de actualización debe presentarse en el año 2025. Esto aplica, incluso, si la actualización de su Registro Único Tributario (RUT) se realizó en 2025.

Fuente: Dian.

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