Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Las empresas que se pasen al régimen simple deben informar a sus proveedores para que estos se practiquen la autorretención? ¿Cómo se identificará a las empresas que pasen a este régimen?
Resueltas en enero 31 de 2019
El artículo 905 del ET define como sujetos pasivos del régimen simple a las personas naturales y jurídicas, siempre y cuando cumplan las condiciones que ahí se señalan. La identificación de los contribuyentes que se acogieron a este régimen dependerá del mecanismo que presente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–.
Es importante mencionar que los contribuyentes inscritos en el régimen simple no estarán sujetos a retenciones en la fuente, ni deberán actuar como agentes retenedores ni autorretenedores (con excepción de las retenciones correspondientes a los pagos laborales).
Cuando los contribuyentes inscritos en el régimen simple realicen pagos por compra de bienes o servicios, los beneficiaros del pago, contribuyentes del régimen ordinario con calidad de agentes retenedores del impuesto de renta, deberán actuar como autorretenedores del impuesto; razón por la cual resulta fundamental informar el hecho de que quien realiza la compra ha optado por acogerse al régimen simple.
Para leer más sobre este tema, ir al análisis: Nuevo régimen simple de tributación implementado por la Ley de financiamiento.