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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Licencia de maternidad por gestación subrogada


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Actualizado: 20 septiembre, 2023 (hace 1 año)

En Colombia, la maternidad o gestación subrogada no se encuentra regulada por la ley. A pesar del vacío legislativo, su práctica no está prohibida, lo que ha generado repercusiones en el derecho laboral.

Aquí te contamos si en Colombia existe la licencia de maternidad por gestación subrogada.

En Colombia, la maternidad o gestación subrogada no se encuentra regulada por la ley. Pese a ello, su práctica no se encuentra prohibida y es posible afirmar que existe algún consenso sobre la necesidad de regular la subrogación uterina con fines altruistas como, por ejemplo, para resolver la gestación de las parejas con problemas de infertilidad (Sentencia T-968 de 2009 de la Corte Constitucional).

¿Qué es la maternidad subrogada?

La maternidad subrogada, también conocida como “subrogación uterina” o “vientre de alquiler”, es un procedimiento mediante el cual una mujer gesta y lleva a término un embarazo a nombre de otra persona o pareja, quienes serán los futuros padres del niño o niña. La mujer gestante se compromete, a través de un contrato, a ceder todos los derechos parentales sobre el menor una vez nacido.

Licencia de maternidad por gestación subrogada

Con respecto a la licencia de maternidad por gestación subrogada, la ley no dice nada al respecto. Sin embargo, la Corte Constitucional, en la Sentencia T-275 de 2022, reconoció la licencia de maternidad por extensión en gestación subrogada al resolver el caso de un padre soltero que engendró una hija mediante el alquiler de un vientre. Al solicitar la licencia de maternidad por extensión de 18 semanas, la solicitud fue negada por la EPS, argumentando que dicho procedimiento no estaba regulado ni previsto por la ley.

Para resolver el caso, y a falta de regulación, la Corte acudió a los principios constitucionales de la igualdad y del interés superior de la niñez. Según la Corte, el principio de igualdad permite extender los beneficios de la licencia de maternidad al padre en las situaciones asimilables a las contempladas en la ley, y el principio del interés superior de la niñez es el fundamento último de las licencias parentales, pues garantiza el desarrollo armónico e integral del niño con la presencia activa y responsable del padre.

La Corte resolvió extender el beneficio de la licencia de maternidad al padre para asegurar el derecho de la niña a recibir cuidado y protección por parte de su progenitor, aunque la haya engendrado mediante la gestación subrogada.

Para profundizar sobre la licencia de maternidad, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Licencias e incapacidades laborales: protección y garantías para el trabajador.

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