Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Prima de servicios y cesantías de un trabajador incapacitado por más de 180 días
Actualizado: 23 octubre, 2023 (hace 1 año)
¿Es obligatorio pagar la prima de servicios a un trabajador que ha estado incapacitado por más de 180 días? ¿Qué pasa con las cesantías?
Un trabajador incapacitado por más de 180 días tiene derecho a recibir la prima de servicios y las cesantías según la normativa laboral en Colombia. En razón a esto las incapacidades médicas no suspenden el contrato de trabajo, por lo que el trabajador sigue teniendo derecho a recibir sus prestaciones laborales.
Aspectos destacados
A pesar de estar incapacitado, el trabajador tiene derecho a recibir la prima de servicios en las fechas correspondientes.
Las cesantías también deben ser consignadas en un fondo de cesantías, sin importar si el trabajador se encuentra incapacitado.
El empleador tiene la obligación legal de consignar las cesantías en el fondo correspondiente antes de la fecha límite establecida.
Si el empleador entrega las cesantías directamente al trabajador, se puede enfrentar a sanciones y perder el dinero consignado.
Las cesantías son un ahorro obligado y no pueden ser entregadas al trabajador mientras esté incapacitado.
El contrato de trabajo no se suspende por la incapacidad, por lo que el trabajador continúa teniendo sus derechos laborales vigentes.
La normativa laboral establece los plazos y valores para el pago de las primas de servicios y las cesantías.
Es importante seguir las disposiciones legales y cumplir con los plazos establecidos para evitar problemas y sanciones.
Las cesantías son un beneficio acumulado por el trabajador y deben ser consignadas en un fondo específico.
El 14 de febrero del año siguiente a la causación de las cesantías es la fecha límite para realizar su debida consignación.
Tanto el empleador como el trabajador deben tener en cuenta las consecuencias de no cumplir con las normas sobre cesantías.
La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, resuelve dudas sobre este tema en el consultorio laboral “Pensión de invalidez y prestaciones sociales en incapacidades laborales”. Accede ahora en nuestro canal youtube.com/@actualicesevideo