Actualícese.com

Sanción penal para quienes oculten activos en el exterior en la declaración anual


Actualizado: 28 febrero, 2024 (hace 9 meses)

¿Luego de los cambios de la Ley 2277 de 2022 al artículo 434-A de la Ley 599 de julio de 2000 (código penal), también se podría imponer sanción penal a quienes oculten sus activos y no los informen dentro de la declaración anual de activos en el exterior?

Disfruta de todos los beneficios exclusivos que te brinda ser suscriptor. Inicia sesión aquí para aprovechar al máximo lo que tenemos preparado para ti. Si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todas nuestras opciones disponibles.

Contenido para Suscriptores

La nueva ley establece sanciones penales para aquellos que oculten activos en el exterior en su declaración anual.

Aspectos destacados

  • Los que oculten activos en el exterior en su declaración anual pueden enfrentar sanciones penales.
  • La ley aplica a todas las declaraciones tributarias que informen el patrimonio, no solo a la declaración de renta.
  • El monto mínimo para aplicar la sanción es de 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Las sanciones penales pueden incluir prisión de 48 a 108 meses.
  • La Ley 2277 del 2022 modificó el artículo 434a del código penal.
  • Antes, la sanción aplicaba solo a la omisión de activos en la declaración de renta.
  • Ahora, la sanción aplica a cualquier declaración tributaria que informe el patrimonio.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Generalidades de IVA, INC y activos en el exterior” realizado el 22 de febrero de 2024.

Accede ahora en nuestro canal youtube.com/@actualicesevideo

Accede al consultorio completo en Generalidades de IVA, INC y activos en el exterior.

Todo lo relacionado sobre IVA lo encuentras en el análisis 360:

👉 En Actualícese Video puedes encontrar conferencias, charlas, tips y cápsulas de información para aprender y actualizarte diariamente.

🚀 Suscríbete a nuestro canal Actualícese Video aquí: http://actualice.se/ytvideo/

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,