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Tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas será del 33 % para el año gravable 2019


Actualizado: 2 enero, 2019 (hace 6 años)

Según lo dispuesto en el inciso primero del artículo 240 del ET modificado por el artículo 80 de Ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, la tarifa general del impuesto de renta de las personas jurídicas para el año gravable 2019 será del 33 %.

El artículo 80 de la Ley 1943 de 2018 modificó el inciso primero y el parágrafo 5 del artículo 240 del ET, estableciendo que para el año gravable 2019, la tarifa general del impuesto sobre la renta aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país, obligadas a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta y complementarios, será del 33 %, al igual que en el año gravable 2018. Sin embargo, según lo dispuesto en esta Ley de financiamiento se verá una reducción gradual para los años 2020, 2021 y 2022 en los cuales aplicarán las tarifas del 32 %, 31 % y 30 % respectivamente.

Igualmente, cabe señalar que por medio del artículo 80 de esta nueva norma se estableció una tarifa del 9 % para cierto tipo de rentas las cuales se encuentran debidamente caracterizadas en el parágrafo 5 del artículo 240 del ET (modificado por la Ley 1943 de 2018).

Ahora bien, otra de las novedades de esta ley fue la adición del parágrafo 7 al artículo 240 del ET el cual estipula que las entidades financieras que tengan una renta gravable igual o superior a los  120.000.UVT deberán liquidar unos puntos adicionales al impuesto de renta y complementarios durante los siguientes cuatro años a partir del 2019. Para el período gravable 2019 dicha sobretasa será del 4 % para quienes posean una renta gravable igual o superior a $4.112.400.000.

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