Concepto |
Fórmula |
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Cesantías (artículos 249 y 253 del CST) |
(Salario mensual con auxilio de transporte × días trabajados en el año) / 360 días |
Intereses a las cesantías (artículo 99 de la Ley 50 de 1990) |
(Cesantías recibidas × 12 % × días trabajados en el año) / 360 días |
Prima de servicios (artículo 306 del CST) |
(Salario mensual con auxilio de transporte × días trabajados en el semestre) / 360 días |
Vacaciones (artículos 186 y siguientes del CST) |
(Salario mensual sin horas extra, recargos dominicales y festivos y auxilio de transporte × días trabajados en el año) / 720 días |
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