Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.
¿Los contribuyentes del régimen simple también podrán incluir en sus declaraciones anuales el nuevo “aporte voluntario” del artículo 244-1 del ET, que fue creado con el artículo 20 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022?
Pregunta resuelta 22 de diciembre de 2022
En el siguiente video, el conferencista Diego Guevara Madrid explica que la Ley 2277 de diciembre de 2022 agregó el artículo 244-1 del Estatuto Tributario, en el cual establece que en las declaraciones de renta y complementarios de personas naturales y jurídicas comenzará a aparecer un nuevo renglón especial para incluir un aporte voluntario que se podrá liquidar como porcentaje del impuesto a pagar o como un valor en pesos.
El nuevo aporte voluntario no generará sanciones ni intereses a los contribuyentes del régimen ordinario que realicen sus declaraciones de renta y complementarios, sino que va a ser un renglón adicional dentro de los formularios 210 y 110 para presentar dicho impuesto,
Este aporte voluntario se liquidará al momento de la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, y se recaudará al momento del respectivo pago. Independientemente que se liquide un saldo a pagar o un saldo a favor, el contribuyente podrá realizar el aporte voluntario del que se trata este artículo.