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Cálculo de la parte exenta de las pensiones que superan las 1.000 UVT


Actualizado: 25 septiembre, 2024 (hace 2 meses)

Las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y riesgos profesionales, estarán gravadas solo en la parte del pago mensual que exceda las 1.000 UVT.

La Dian publicó su Concepto 772 del 16 de septiembre de 2024, a través del cual resuelve una consulta sobre el cálculo de la parte exenta de las pensiones que superan las 1.000 UVT.

Conforme al numeral 5 del artículo 84 de la Ley 2381 de 2024, ¿la parte de las pensiones que se considera gravada por exceder las 1.000 UVT, se calcula de manera independiente sobre cada pago mensual o sobre el acumulado anual?

Al respecto, la Dian recuerda que el artículo 206 del ET indica que las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y riesgos profesionales, estarán gravadas solo en la parte del pago mensual que exceda las 1.000 UVT.

Por lo anterior, la parte de las pensiones que se considera gravada por exceder las 1.000 UVT se calcula de forma independiente sobre cada pago mensual.

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