¿Cuál es la nueva forma en que se deberá calcular, dentro de la cedulación del año gravable 2023 de las personas naturales residentes, la tributación sobre los dividendos no gravados y gravados de los años 2017 y siguientes entregados por sociedades que no lleven a cabo las megainversiones de los artículos 235-3 y 235-4 del ET?
Disfruta de todos los beneficios exclusivos que te brinda ser suscriptor. Inicia sesión aquí para aprovechar al máximo lo que tenemos preparado para ti. Si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todas nuestras opciones disponibles.
En este texto se explica cómo se debe calcular la tributación sobre los dividendos no grabados y grabados entregados por sociedades que no llevan a cabo megainversiones. Se mencionan los artículos del estatuto tributario y la ley de 2022 que modifican o agregan las reglas de cedulación. Además, se detalla cómo se deben reportar estos dividendos en el formulario 210 del año 2023 y cómo se calcula el impuesto a pagar.
Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Actualización en el sistema cedular en la renta de personas naturales″.
Accede ahora en nuestro canal youtube.com/@actualicesevideo
Accede al consultorio completo en Actualización en el sistema cedular en la renta de personas naturales.
Todo lo relacionado sobre sistema cedular lo encuentras en el análisis:
👉 En Actualícese Video puedes encontrar conferencias, charlas, tips y cápsulas de información para aprender y actualizarte diariamente.
🚀 Suscríbete a nuestro canal Actualícese Video aquí: http://actualice.se/ytvideo/