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Cartillas Prácticas  - 3 febrero, 2025

Guía de referencia contable y tributaria 2025

Cinco de cada diez acuerdos de pago con la Dian son incumplidos por contribuyentes morosos


La Dian ha hecho un llamado a los morosos para que hasta el 21 de febrero normalicen su situación fiscal, y evitar sanciones administrativas y penales.

En los últimos seis meses, 8.757 contribuyentes con obligaciones fiscales en mora han suscrito facilidades de pago con la Dian. De estos, 4.518 (52 %), incumplieron con los compromisos suscritos, situación que deriva en la declaración de incumplimiento y la aplicación de procesos de cobro administrativo.

En este contexto, la entidad ha hecho un llamado a los deudores morosos para que hasta el 21 de febrero se sumen a la jornada ‘Al día con la Dian le cumplo al país’, con el fin de normalizar su situación fiscal y evitar sanciones administrativas y penales.

“Quiero hacer un llamado muy especial a todos los ciudadanos que tengan cuentas pendientes con la Dian para que aprovechen esta jornada y se pongan al día; tengan en cuenta que los contribuyentes que acumulen más de seis meses de mora y deudas superiores a cinco salarios mínimos serán reportados en el Boletín de Deudores Morosos del Estado, afectando su historial financiero y su acceso a créditos y contrataciones con el sector público», aseguró el director general (e) Luis Eduardo Llinás.

Es de recalcar que las obligaciones fiscales conllevan costos adicionales, pues según el artículo 635 del Estatuto Tributario, los intereses moratorios se liquidan a una tasa equivalente a la tasa de usura vigente menos dos puntos, lo que hace que el incumplimiento de pagos sea una carga financiera significativa para los contribuyentes.

La jornada está dirigida a contribuyentes con obligaciones en mora de hasta 180 días que no han sido objeto de medidas cautelares ni han participado en jornadas anteriores, contribuyentes con denuncias penales en proceso por omisión de agente retenedor o recaudador, así como a quienes adeuden obligaciones en los periodos 4 y 5 de 2024 de Impuesto Sobre las Ventas (IVA) e Impuesto Nacional al Consumo.

Fuente: Dian.

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