Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo se contabiliza el interés presuntivo para préstamos a socios en 2022?


¿Cómo se contabiliza el interés presuntivo para préstamos a socios en 2022?
Actualizado: 2 marzo, 2022 (hace 2 años)

Debe tenerse claridad sobre las condiciones de los préstamos entre socios y sociedades comerciales, pues podría haber lugar al cálculo de interés presuntivo.

En este caso de estudio analizamos aspectos clave sobre la contabilización de esta clase de presunciones.

Es común observar prestamos de socios o accionistas hacia sus sociedades comerciales, o viceversa. Muchas veces, estos préstamos son otorgados sin el cobro de interés alguno por estas transacciones o se otorgan a una baja tasa de interés. Es así como se establece que las sociedades contribuyentes del impuesto de renta, cuando hayan hecho préstamos en dinero a sus socios o accionistas, tendrán que efectuar el cálculo de interés presuntivo.

La figura de intereses presuntivos está regulada por el artículo 35 del Estatuto Tributario –ET–, y aplica cuando las sociedades les prestan a sus socios o accionistas, o cuando estos le hacen préstamos a la empresa o sociedad de la cual poseen acciones:

Para efectos del impuesto sobre la renta, se presume de derecho que todo préstamo en dinero, cualquiera que sea su naturaleza o denominación, que otorguen las sociedades a sus socios o accionistas o estos a la sociedad, genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión.

Como puede observarse, también aplicará al socio o accionista del régimen ordinario cuando este haya decidido hacer préstamos en dinero a la sociedad nacional donde sea socio o accionista.

Teniendo en cuenta lo anterior, la tasa de interés presuntivo aplicable para el año gravable 2021 (el cual se declara en 2022) corresponde a un 1,89 % efectivo anual, en atención a las indicaciones del artículo 1 del Decreto 455 de mayo de 2021 expedido por el Ministerio de Hacienda. Además, este interés será proporcional al tiempo del préstamo.

Ahora bien, los préstamos entre socios o accionistas y las sociedades comerciales darán lugar al cálculo de intereses presuntivos del año gravable 2021 atendiendo al cumplimiento de las siguientes condiciones:

  1. Si el préstamo no genera intereses o si se cobran intereses inferiores al determinado en el Decreto 455 de 2021, se deberá aplicar la tasa del interés presuntivo.
  2. Si se cobra un interés mayor al 1,89 % para 2021, se deberá declarar y pagar sobre el real; es decir, siempre se utiliza la tasa más alta.

Contabilización del interés presuntivo

El interés presuntivo por préstamos en dinero que se efectúen entre las sociedades y sus socios corresponden a presunciones de carácter fiscal, las cuales no deben contabilizarse como partidas conciliatorias por no ser una estimación de cuentas de balance; sin embargo, esta información si debe ser reportada en el correspondiente formato de conciliación fiscal según las indicaciones del artículo 1.7.1 del DUT 1625 de 2016.

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Profundiza en este tema con el Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales, quien detalla aspectos que deben considerarse en el siguiente video:

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