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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 05096 del 27-02-2024 


Ministerio del Trabajo
Concepto 05096

Febrero 27 de 2024

El Ministerio del Trabajo conceptuó sobre la hora de almuerzo y explicó que el descanso intermedio del artículo 167 del CST, que divide la jornada de trabajo en dos secciones, no se computa en la jornada laboral y, por lo tanto, no es un tiempo de descanso remunerado.

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