En esta conferencia, Andrés Acero explica y despeja dudas sobre la cotización que aplica hoy a los trabajadores independientes.
El Decreto 1601 del 5 de agosto de 2022 reincorpora nuevamente el sistema de presunción de ingresos para los trabajadores cuenta propia y con contrato diferente a prestación de servicios.
Define como procedimiento para calcular el IBC: i) determinar ingreso bruto, ii) descontar costos (artículo 107 del ET o esquema de presunción de costos), iii) liquidar el aporte a cada subsistema sobre el ingreso neto.
Hay que recordar que el pago de la seguridad social sigue siendo mes vencido.
Para los independientes con contrato de prestación de servicios les aplica la Ley 1122 de 2007. Para los independientes con contratos diferentes a prestación de servicios, por cuenta propia y rentistas de capital, les aplica el Decreto 1601 del 5 de agosto de 2022.
La base máxima será del 40 % del valor mensualizado del contrato.
El Dr. Acero es Contador Público y Especialista en Revisoría Fiscal de la Universidad Militar Nueva Granada, con estudios en Derecho Laboral y Seguridad Social. Vinculado desde el año 2011 a La Unidad de Pensiones y Parafiscales «UGPP», donde actualmente es coordinador de fiscalización y capacitación.