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Entidades del régimen tributario especial en la exoneración de aportes de nómina 


Actualizado: 11 abril, 2024 (hace 8 meses)

¿Cuáles entidades del régimen tributario especial sí pueden hacer uso de la exoneración de aportes de nómina y cuales no pueden hacer uso de esa exoneración?

El Dr. Diego Guevara conversa sobre las entidades del régimen tributario especial y la exoneración de aportes de nómina, así mismo, mencionan las entidades que pueden hacer uso de esta exoneración, como corporaciones, fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro y cooperativas. 

Aspectos destacados

  • La exoneración de aportes de nómina es relevante para entidades del régimen tributario especial, con diferencias entre los grupos de entidades y requisitos específicos. Es crucial comprender las normas y obligaciones asociadas.
  • Las cooperativas y entidades del régimen simple no pagan aportes ni autorretenciones especiales, lo que les otorga beneficios fiscales. Esto contrasta con las obligaciones tributarias de las sociedades nacionales.
  • Las entidades del artículo 19 y 19- 4 del ET indica que el régimen tributario especial pueden acceder a la exoneración de aportes de nómina, con diferencias en los tipos de entidades beneficiadas.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Régimen tributario especial y otros temas de actualidad” realizado el 21 de marzo de 2024.

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