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  Guía de referencia contable y tributaria 2025

Cartillas Prácticas  - 3 febrero, 2025

Guía de referencia contable y tributaria 2025

Formato 1010 de información exógena AG 2024 y siguientes: guía para su presentación


Formato 1010 de información exógena

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Quiénes deben presentar el formato 1010?
  • ¿Qué información debe reportarse en el formato 1010?
  • Condiciones para el reporte del formato 1010
  • ¿Qué versión del formato 1010 debe usarse para el reporte?
  • ¿Hasta qué fecha hay plazo para suministrar esta información?
  • Caso de aplicación

El formato 1010 de información exógena recopila la información sobre los aportes efectuados por los socios, accionistas, comuneros, cooperados y asociados.

Para los reportes del 2024 y siguientes se tendrán que reportar a la totalidad de los socios, sin importar cuál sea el monto de su aporte a diciembre 31.

El formato 1010 versión 9 de información exógena cumple con el propósito de recopilar la información detallada sobre la información personal y los aportes sociales efectuados por los socios, accionistas, comuneros, cooperados e incluso los asociados de los fondos de empleados al 31 de diciembre de 2024 (artículo 19 de la Resolución Dian 000162 de 2023).

De acuerdo con el literal “a” del artículo 631 del ET,  la Dian se encuentra facultada para solicitar a las personas o entidades, contribuyentes y no contribuyentes, información relacionada con:

Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada una de las personas o entidades que sean socias, accionistas, cooperadas, comuneras o asociadas de la respectiva entidad, con indicación del valor de las acciones, aportes y demás derechos sociales, así como de las participaciones o dividendos pagados o abonados en cuenta en calidad de exigibles.

A continuación, te presentamos lo que debes saber alrededor de la presentación del formato 1010:

formato 1010

¿Quiénes deben presentar el formato 1010?

De acuerdo con lo expuesto en el artículo 19 de la Resolución 000162 de 2023, deberán presentar el formato 1010 por el año gravable 2024:

  • Las personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro.
  •  Las cooperativas.
  • Los fondos de empleados.

Además, la norma indica que debe observarse la obligación de presentar información exógena contenida en los numerales 5 y 6 del artículo 1 de la resolución, esto es:

  • Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable a reportar o el año gravable inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos brutos superiores a 2.400 UVT ($112.956.000 en el 2024).
  • Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas y demás obligados a practicar retenciones y/o autorretenciones en la fuente, impuesto sobre las ventas (IVA) y/o timbre, durante el año gravable a reportar (numeral 6 de la Resolución 000162 de 2023, modificada por el artículo 1 de la Resolución 000188 de 2024).

¿Qué información debe reportarse en el formato 1010?

En este formato debe reportarse la siguiente información de cada socio, accionista, comunero, asociado y/o cooperado de la respectiva entidad que posean acciones y/o aportes:

  • Apellidos y nombres o razón social.
  •  Identificación.
  • Dirección.
  • País de residencia o domicilio.
  • Valor nominal de la acción, aporte o derecho social a diciembre 31
  • Valor de prima en colocación de acciones a diciembre 31.
  • Porcentaje de participación de cada una de las personas o entidades que posean acciones y/o aportes.

Condiciones para el reporte del formato 1010

Para los reportes del año gravable 2024 y siguientes, las personas jurídicas que queden obligadas a la elaboración del formato 1010 versión 9 tendrán que reportar a la totalidad de los socios, accionistas, cooperados y miembros de fondos de empleados sin importar cuál sea el monto contable o nominal de su aporte a diciembre 31.

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Esto representa un gran cambio en la norma, pues hasta los reportes del año gravable 2023 solo se reportaba a aquellos para los cuales el valor contable de su aporte social superara los $3.000.000, lo cual implicaba que la Dian se quedaba sin conocer los datos de todos aquellos socios o accionistas con aportes inferiores a dicha cifra.

¿Qué versión del formato 1010 debe usarse para el reporte?

De acuerdo con los cambios introducidos por la Resolución 000188 de 2024, para el reporte del año gravable 2024 deberá emplearse el formato 1010 versión 9.

¿Hasta qué fecha hay plazo para suministrar esta información?

Los plazos durante el 2025 para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2024 son los siguientes:

  • Para los grandes contribuyentes, el período de presentación abarcará desde el 25 de abril hasta el 13 de mayo de 2025, dependiendo del último dígito del NIT.
  • En cuanto a las demás personas jurídicas y naturales, el período para la presentación comprenderá desde el 14 de mayo del 2025 hasta el 13 de junio del 2025, según los últimos dígitos del NIT.

Sigue los vencimientos de esta y otras obligaciones consultando nuestro Calendario tributario 2025.

Caso de aplicación

Para ilustrar cuándo es objeto de reporte la información relacionada con socios, accionistas, comuneros y/o cooperados, preparamos el siguiente caso.

Una sociedad obligada a reportar información exógena por el año gravable 2024 presenta la siguiente información en cuanto a su patrimonio al cierre de dicho año, aportado por los siguientes 4 socios:

  • Carlos Hurtado, persona natural del exterior: su capital suscrito y pagado es de $150.000.000.
  • Sharon Grueso: su capital suscrito y pagado es de $180.000.000.
  • Industrias ABC SAS: su capital suscrito y pagado es de $300.000.000.
  • Anny Fajardo: su capital suscrito y pagado es de $2.500.000.

Socio

Patrimonio fiscal

% participación patrimonial

Valor nominal del capital suscrito y pagado a diciembre 31 de 2024

¿Es objeto de reporte?

Socio A – Carlos Hurtado (del exterior)

$ 632.500.000

23,71542 %

$ 150.000.000

Sí, sin importar cuál sea el monto contable o nominal de su aporte a diciembre 31.

Socio B – Maximilian SAS

28,45850 %

$ 180.000.000

Sí, sin importar cuál sea el monto contable o nominal de su aporte a diciembre 31.

Socio C – Industrias ABC SAS

47,43083 %

$ 300.000.000

Sí, sin importar cuál sea el monto contable o nominal de su aporte a diciembre 31.

Socio D – Anny Fajardo

0,39526 %

$ 2.500.000

Sí, sin importar cuál sea el monto contable o nominal de su aporte a diciembre 31.

Notas:

  • Cuando el accionista es una persona natural del exterior, como es el caso del socio A, se debe reportar con el número de identificación fiscal utilizado en el exterior. Tenga en cuenta que solo se permitirá reportar con los seudoNIT 444444001 hasta 444449999 y tipo de documento 43 a los terceros del exterior que sean personas jurídicas. Por tanto, este accionista siempre se deberá reportar con tipo de documento 42 y el número de identificación que le corresponda para efectos fiscales en el país donde resida.
  • La información correspondiente al socio D debe reportarse para el AG 2024, aun cuando el valor nominal del aporte social a diciembre 31 de 2024 no supere los $3.000.000 (para el reporte del AG 2023 el límite era dicho valor).

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