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La vinculación al teletrabajo es voluntaria y reversible, tanto para el servidor público como para el Ministerio del Trabajo.
A través de la Resolución 2007 del 30 de mayo de 2024, el Ministerio del Trabajo reglamentó el teletrabajo como modalidad laboral para sus servidores y servidoras públicas de carrera administrativa, de libre nombramiento y remoción en provisionalidad que hayan solicitado el acceso a esta modalidad, y cumplan con las condiciones establecidas en las normas legales que la regulan.
La vinculación al teletrabajo es voluntaria y reversible, tanto para el servidor público como para el Ministerio del Trabajo, lo que significa que en cualquier punto cualquiera de las partes la puede dar por terminada.
📣 ¡El Ministerio del Trabajo garantiza el Teletrabajo a sus trabajadores y trabajadoras!
➡️ Conoce la Resolución 2007 de 2024, por medio de la cual se reglamenta la modalidad de Teletrabajo para servidores y servidoras públicas de #MinTrabajo. ✍️ pic.twitter.com/vzCLaXdzYf
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) June 5, 2024
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