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No obligados a facturar: ¿deben transmitir electrónicamente el documento soporte en compras a no obligados a facturar?


No obligados a facturar: ¿deben transmitir electrónicamente el documento soporte en compras a no obligados a facturar?
Actualizado: 18 octubre, 2022 (hace 3 años)

El documento soporte en compras a no obligados a facturar respalda, para efectos tributarios, los costos y gastos derivados de adquisiciones a personas no obligadas a expedir factura.
Este documento debe generarse y trasmitirse electrónicamente a la Dian desde el 1 de agosto de 2022.

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