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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas naturales del régimen simple que pueden operar como no responsables del IVA


Actualizado: 3 enero, 2023 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

¿Qué dispuso la Ley 2277 de 2022 sobre las personas naturales del régimen simple que pueden operar como no responsables del IVA?

Pregunta resuelta 22 de diciembre de 2022

El Dr. Diego Guevara Madrid explica que la Ley 2277 de diciembre de 2022 modificó el parágrafo 4 del artículo 437 del Estatuto Tributario, el cual es la norma relacionada a quiénes pueden operar como no responsables del IVA.

La Ley 2277 de 2022 no extendió la aplicación para el año 2023, donde las personas naturales o jurídicas del régimen simple de tributación que se dediquen únicamente al expendio de comidas y bebidas del numeral 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario podían operar durante todo el año 2022 como no responsables del IVA. Por lo tanto, la nueva versión de la norma no incluye esta condición.

En la nueva versión del parágrafo 4, el nuevo inciso establece que tampoco serán responsables del impuesto sobre las ventas –IVA– los contribuyentes personas naturales del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación cuando sus ingresos brutos sean inferiores a 3.500 UVT. Lo anterior aplicaría a todas las personas naturales pertenecientes al régimen simple, sin importar a cuál actividad económica se estén dedicando, siempre y cuando cumplan con el tope mencionado anteriormente. 

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