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¿Es obligatorio pagar la prima de servicios a un trabajador que ha estado incapacitado por más de 180 días? ¿Qué pasa con las cesantías?
Un trabajador incapacitado por más de 180 días tiene derecho a recibir la prima de servicios y las cesantías según la normativa laboral en Colombia. En razón a esto las incapacidades médicas no suspenden el contrato de trabajo, por lo que el trabajador sigue teniendo derecho a recibir sus prestaciones laborales.
La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, resuelve dudas sobre este tema en el consultorio laboral “Pensión de invalidez y prestaciones sociales en incapacidades laborales”. Accede ahora en nuestro canal youtube.com/@actualicesevideo
Accede al consultorio completo en: Pensión de invalidez y prestaciones sociales en incapacidades laborales.
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