Responde conferencista: Angie Marcela Vargas.
El artículo 200 de la Ley 1955 de 2019 estableció la posibilidad de ordenar la suspensión y terminación de una averiguación preliminar o de un procedimiento administrativo sancionatorio laboral por mutuo acuerdo, previo reconocimiento del incumplimiento de las normas laborales o de seguridad social integral por parte del investigado. ¿Cómo será su aplicación de cara al Decreto 1368 del 27 de julio de 2022 y al proyecto de nueva reforma tributaria?
Pregunta resuelta 19 de agosto de 2022.
El Ministerio del Trabajo es una entidad perteneciente a la rama ejecutiva. A este ministerio acuden los trabajadores y empleadores cuando surgen inconvenientes en las relaciones laborales. Esta entidad tiene la facultad para actuar como policía laboral, pues se encarga de la inspección y vigilancia de los aspectos relacionados con el derecho laboral.
La Dra. Angie Marcela Vargas explica que el artículo 200 de la Ley 1955 de 2019 trajo consigo la posibilidad de que el empleador llegue a un acuerdo con el trabajador por el incumplimiento de una norma laboral. En consecuencia, el Decreto 1368 de 2022 determina las reglas para poder implementar esta ley, y explica los casos en los que se puede realizar dicho trámite.
El Decreto 1368 de 2022 señala que se puede realizar lo dispuesto en la ley en todos los casos de incumplimiento de la norma laboral, salvo para el trabajo infantil o forzoso, en los acuerdos de formalización laboral, intermediación laboral y contratación indirecta y en los tramites por reincidencia.