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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Importadores, fabricantes y comerciantes de bicicletas eléctricas sí pueden operar en el régimen simple  


usuario revisando normatividad del régimen simple
Actualizado: 22 junio, 2023 (hace 2 años)

El artículo 906 del ET no permite optar por el régimen simple a quienes importen, fabriquen o comercialicen “automóviles”. Por tanto, mediante su Concepto 100208192-553 de mayo 11 de 2023, la Dian aclaró a cuáles automotores aplica dicha norma.
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