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Derecho Comercial  - 4 septiembre, 2025

Nuevas garantías para migrantes y grupos étnicos con la reforma laboral, Ley 2466 de 2025


Empleo

Aquí hablaremos sobre...

  • Trabajo agropecuario con la reforma laboral
  • Trabajadores migrantes con la reforma laboral
  • Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas
  • Programas de primer y último empleo con la reforma laboral

La Ley de reforma laboral 2466 de 2025 busca fortalecer los derechos de los trabajadores agropecuarios, garantizar igualdad de condiciones a los migrantes, promover el trabajo decente en comunidades étnicas e impulsar la inclusión laboral de jóvenes y personas mayores en el mercado laboral.

Estas medidas están dispuestas en los artículos 36, 37, 40 y 43 de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025. En particular, se enfocan en:

  • Garantizar derechos laborales a sectores históricamente marginados como trabajadores agropecuarios, migrantes y comunidades étnicas.
  • Incentivar la empleabilidad en poblaciones con barreras de acceso, incluyendo a jóvenes recién graduados y adultos mayores.

Trabajo agropecuario con la reforma laboral

El artículo 36 de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025 establece que, en el primer año de vigencia de la ley, el Estado deberá formular una política pública específica para el trabajo agropecuario. El propósito central es acompañar y proteger a las unidades productivas nacionales, garantizando que sus trabajadores gocen de los derechos reconocidos en la Constitución nacional.

Además, este artículo aclara que la condición de trabajador agropecuario no excluye la identidad campesina o indígena.

En un plazo máximo de 6 meses a partir de la entrada en vigor de la reforma laboral, es decir, al 25 de diciembre del 2025, el Gobierno nacional debe presentar al Congreso un proyecto de ley en relación con los contratos y la jornada agropecuaria, como resultado de un proceso de diálogo con todos los sectores, desde pequeños productores hasta la agroindustria.

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Si quieres saber más sobre la reforma laboral, consulta nuestro editorial Reforma laboral, Ley 2466 de 2025: formación y garantías para el trabajo agrario femenino rural.

Trabajadores migrantes con la reforma laboral

En el artículo 37 de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025, la norma establece que el estatus migratorio no será un obstáculo para que las personas extranjeras accedan a sus garantías laborales y de seguridad social.

En este sentido, todo trabajador migrante, sin importar su situación migratoria, tendrá derecho a las mismas condiciones laborales que los nacionales, salvo las restricciones expresamente establecidas por la Constitución nacional o la ley.

Una vez se formalice el contrato laboral, el proceso de regulación migratoria deberá ser facilitado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que contará con un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma laboral. Es decir, al 25 de diciembre del 2025, para expedir la reglamentación respectiva, y en cualquier caso, los migrantes gozarán del derecho a acceder a la justicia laboral.

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Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas

La Ley de reforma laboral 2466 de 2025, en el artículo 40, estipula que en un plazo de doce meses, tras la entrada en vigor de la ley, es decir, al 25 de junio del 2025 los ministerios de Trabajo e Interior deberán promover espacios de participación para construir un marco normativo que garantice el acceso a un trabajo digno en comunidades indígenas, afrodescendientes, raizales, palenqueras y Rrom.

Este proceso deberá respetar su cosmovisión, usos y costumbres, y estar en armonía con la Ley 21 de 1991 y el Convenio 169 de la OIT.

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Amplía la información anterior con el respaldo de nuestro Especial Actualícese Reforma laboral 2025: novedades normativas de la Ley 2466.

Programas de primer y último empleo con la reforma laboral

Con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025, el Ministerio de Trabajo, junto con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, deberá implementar programas que incentiven la contratación de dos poblaciones clave:

  • Jóvenes recién graduados de educación media, técnica, tecnológica o universitaria.
  • Mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años.

Estos programas deberán entrar en funcionamiento en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la Ley de reforma laboral 2466 de 2025, es decir, al 25 de diciembre del 2025, y se apoyarán en incentivos para las empresas, financiados con cargo al Presupuesto General de la Nación.

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