Artículo 250
Artículo 250. Descuento tributario por la generación de empleo. <Artículo derogado por el artículo 118 de la Ley 788 de 2002>.
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Nota de vigencia
- Artículo derogado por el artículo 118 de la Ley 788 de 2002, publicada en el Diario Oficial No. 45.046, de 27 de diciembre de 2002.
- Artículo adicionado por el artículo 25 de la Ley 488 de 1998, publicada en el Diario Oficial No. 43.460 del 24 de diciembre de 1998.
- Artículo derogado por el artículo 140 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial No 40.490, de 30 de junio de 1992.
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