Una persona jurídica construye un parque temático para el Departamento de Antioquia con una persona jurídica dedicada a la construcción. El valor de dicho contrato es de 200 millones y el factor de utilidad es sólo el 2% ¿Cuál es la proporción del IVA descontable?, si además retira inventarios gravados por $50 millones para esta “obra pública” excluida. ¿Se grava la “incorporación de inventarios gravados a bienes no gravados”, según el artículo 421 c? (suponiendo que este inventario de 50 millones se vende a valor comercial del 20% más)
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El artículo habla sobre el tratamiento del IVA descontable en la construcción de un parque temático y su impacto en los inventarios.
Juan Fernando Mejía, experto consultor en Estándares Internacionales e impuestos, explica este tema en el consultorio tributario “Casos prácticos sobre impuesto al valor agregado (IVA)” realizado el 19 de marzo de 2024.
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