El régimen simple de tributación y el reporte de información exógena fueron las respuestas más consultadas de este año.
Definitivamente los temas tributarios son los que más interés generan. Entre ellos se destacan la ganancia ocasional para vivienda y las tarifas de retención para los independientes.
Teniendo en cuenta las novedades de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, ¿cuáles contribuyentes podrán pertenecer al régimen simple de tributación a partir del año gravable 2023? ¿Quiénes no pueden optar por pertenecer al régimen simple?
¿Cómo se pueden descargar e instalar desde el portal de la Dian los prevalidadores tributarios para el reporte de información exógena del año gravable 2022? ¿Dichos prevalidadores operan normalmente en Mac y en Windows?
¿Cuáles son los requisitos que aplicarán a partir del año 2023 para que la utilidad por la venta de casa o apartamento de una persona natural sea exenta?
¿Con los cambios introducidos por la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, las tarifas de retención en la fuente para trabajadores independientes con contratos de prestación de servicios fueron modificadas?
¿Cómo se reportarán las cesantías en el formato 2276 del año gravable 2022 y cuáles son las diferencias de dicho reporte con relación al que quedará en el formulario 220 del mismo año?
¿Durante el año 2023 cómo se calcularán los aportes a seguridad social integral de los trabajadores independientes?
De los pagos realizados en efectivo (por ejemplo, caja menor) a personas no obligadas a facturar (a las cuales se les realiza el documento soporte), ¿es válida la deducción total del gasto en el impuesto de renta o, por el contrario, aplica el límite señalado en la norma para los pagos en efectivo?
¿En qué versión de formatos y en qué condiciones deberán diligenciarse los formatos de conciliación fiscal por el año gravable 2022 si la Dian no los prescribió mediante resolución?
¿En qué casos las declaraciones tributarias requerirán firma de contador o revisor fiscal a lo largo del año gravable 2023?
El Concepto Dian 165 de febrero 7 de 2023 en su página 7 expone un ejemplo para la liquidación de sanciones en información exógena en el cual la sanción asciende a $400.000.000. ¿Dicho ejemplo es correcto teniendo en cuenta que el límite de la sanción son 7.500 UVT?