¿Cuáles son las personas jurídicas que sí deberán liquidar sobretasas o “puntos adicionales”, junto con sus “anticipos”, en el impuesto de renta del año gravable 2023?
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Las personas jurídicas que deben liquidar sobretasas junto con sus anticipos en el impuesto de renta del año gravable 2023 a diferentes entidades, como instituciones financieras, aseguradoras, reaseguradoras, sociedades comisionistas de bolsa de valores, entre otras. Estas sobretasas están sujetas a anticipos, excepto la sobretasa para la extracción de carbón y petróleo.
Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Cambios en la declaración de renta de personas jurídicas AG 2023 que se presenta en 2024” realizado el 14 de marzo de 2024.
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