Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Saldos a favor en IVA por la venta de insumos médicos ya no podrán solicitarse en devolución


Los saldos a favor generados en IVA por la venta de los insumos médicos exentos de este impuesto, previstos en el Decreto Legislativo 551 de 2020, solo podrán imputarse en las declaraciones de los períodos siguientes.
Esto debido a la terminación de la emergencia sanitaria.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,