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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sanción de extemporaneidad en declaraciones de renta sin firma del contador o revisor fiscal


Actualizado: 5 octubre, 2023 (hace 1 año)

¿Cómo se calcula la sanción de extemporaneidad cuando la declaración inicial del impuesto de renta se presenta sin la firma obligatoria del contador o revisor fiscal?

En este respuesta se explica cómo se calcula la sanción de extemporaneidad en las declaraciones de renta que no tienen la firma obligatoria del contador o revisor fiscal.

Se menciona el artículo 596 del ET, que establece los requisitos para una declaración de renta y cuándo se requiere la firma del contador o revisor fiscal. También se aborda la posibilidad de corregir una declaración sin firma y reducir la sanción.

Puntos a tener en cuenta

  • El artículo 596 del ET establece los requisitos para una declaración de renta, incluyendo la firma del contador o revisor fiscal en ciertos casos.
  • Si una declaración de renta se presenta sin la firma obligatoria y está obligada a tenerla, la DIAN puede considerarla como no presentada según el artículo 580 del ET.
  • La DIAN tiene hasta 3 o 5 años, dependiendo de las circunstancias, para actuar y considerar una declaración como no presentada si falta la firma.
  • Si el contribuyente se da cuenta del error antes de que expire el plazo, puede corregir la declaración y liquidar una sanción de extemporaneidad reducida.
  • La sanción de extemporaneidad se reduce al 2% según el parágrafo 2 del artículo 588 del ET, siempre que no se haya notificado una sanción por no declarar.
  • Además, se puede obtener una doble reducción de la sanción siguiendo el artículo 640 del ET.
  • Se recomienda consultar el artículo que aborda la falta de firma de contador o revisor fiscal en declaraciones para obtener más detalles sobre este proceso.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Casos prácticos en el régimen sancionatorio de la declaración de renta” realizado el 28 de Septiembre de 2023.

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