Servicio de alumbrado público: ¿se encuentra gravado o excluido del IVA?


IVA

El artículo 476 del ET menciona los servicios excluidos del IVA, entre los que se destacan los servicios públicos de energía, así como los de energía a base de gas u otros insumos.
A continuación, explicaremos si el servicio de alumbrado público se encuentra gravado o excluido de este impuesto.

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